ASESORAMIENTO EN RESPONSABILIDAD CIVIL
EL Código Civil regula las relaciones contractuales y extracontractuales , imponiendo especialmente en los artículos 1109 al 1136 la obligación de reparar el daño causado.
La cobertura de Responsabilidad Civil, tiene como propósito, asistir legalmente al asegurado ante reclamos y abonar hasta la suma asegurada.
Hay varias clasificaciones dentro del Ramo Responsabilidad Civil, y para cada ramo, hay un seguro específico:
- Responsabilidad Civil Profesional (ampara a los profesionales, como ser: médicos, abogados, escribanos, etc.)
- Responsabilidad Civil Empresarial (ampara a la empresa, sus dependientes y contratistas por las acciones comerciales).
- Responsabilidad Civil Automotor (ampara al dueño y al conductor autorizado por el uso del vehículo).
- Responsabilidad Civil Suministro de Alimentos (ampara a resutarants y cualquier local que suinistre alimentos y bebidas).
- Responsabilidad Civil Patronal (amparada por la A.R.T. antes de la nulidad de los artículos de inconstitucionalidad).
- Responsabilidad Civil Hechos Privados (acciones individuales por las cuales se responde en forma personal).
- Etc.
OVS selecciona la adecuada cobertura que ampare la responsabilidad que le cupe al asegurable y atiende en primera instancia, el reclamo que le presenta el tomador de la póliza, cuando se denuncia el siniestro.
Generalmente los casos presentados hablan de una obligación de medios y pocos se refieren a una obligación de cumplimiento o resultado, razón por la cual, deben estudiarse minuciosamente todas las etapas donde el asegurado haya cumplido o no, con su deber de responsabilidad.
El letrado de la aseguradora que asiste al tomador de la póliza más los letrados y personal especializado de OVS, se conjugan para aclarar las dudas y consultas del asegurado.
Por su parte la rápida respuesta de la aseguradora especialmente seleccionada, otorga tranquilidad a nuestros clientes en el momento de abonar el siniestro.
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